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| El derecho a recibir educación |
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La educación en todas sus formas y en todos sus niveles debe tener las siguientes características interrelacionadas.
1. Disponibilidad.Debe haber instituciones y programas de enseñanza en cantidad suficiente en el ámbito del Estado Parte. Las condiciones para que funcionen dependen de numerosos factores, como, el contexto de desarrollo en el que actúan; por ejemplo, las instituciones y los programas probablemente necesiten edificios u otra protección contra los elementos, instalaciones sanitarias para ambos sexos, agua potable, docentes calificados con salarios competitivos, materiales de enseñanza, etc.; algunos necesitarán además bibliotecas, servicios de informática, tecnología de la información, etc.
2. Accesibilidad.Las instituciones y los programas de enseñanza deben ser accesibles a todos, sin discriminación, en el ámbito del Estado Parte. La accesibilidad consta de tres dimensiones que coinciden parcialmente:
2.1) No discriminación.La educación debe ser accesible a todos, especialmente a los grupos no vulnerables de hecho y de derecho, sin discriminación por ninguno de los motivos prohibidos.
2.2) Accesibilidad material.La educación debe ser asequible materialmente, ya sea por su localización geográfica de acceso razonable (por ejemplo, una escuela vecinal) o por medio de la tecnología moderna (mediante el acceso a programas de educación a distancia).
2.3) Accesibilidad económica.La educación debe estar al alcance de todos. La enseñanza primaria debe ser gratuita para todos, se pide a los Estados Partes que implanten gradualmente la enseñanza secundaria y superior gratuita.
3. Aceptabilidad.La forma y el fondo de la educación, comprendidos los programas de estudio y los métodos pedagógicos, deben ser aceptables (por ejemplo, pertinentes, adecuados culturalmente y de buena calidad) para los estudiantes. La educación que se brinda debe ser de calidad para padres y estudiantes, esta calidad se construye desde las construcciones físicas de las instalaciones educativas.
4. Adaptabilidad.La educación debe tener la flexibilidad necesaria para adaptarse a las necesidades de sociedades y comunidades en transformación y responder a las necesidades de los alumnos en contextos culturales y sociales variados.
El derecho a recibir educación, 8 de diciembre de 1999
ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS, Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
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